Cumplimiento

Ley de información no financiera y diversidad – LINF

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La Ley 11/2018 de información no financiera y diversidad

Esta ley supone un impulso a la transparencia de las empresas, contribuyendo además a medir, supervisar y comparar el rendimiento de dichas empresas, así como su impacto en la sociedad, el medioambiente o el empleo.

Por ello, será obligatoria la divulgación, vía web normalmente, así como la inscripción en el Registro Mercantil de forma anual, del estado no financiero de la empresa. Esta divulgación está destinada principalmente a inversores, consumidores o clientes, y a la sociedad en general dado el carácter público del informe, y contribuye a aumentar la confianza de los grupos de interés en la empresa.

El estado no financiero puede ser integrado en el informe de cuentas anuales de la empresa o bien presentarse por separado. Será obligatoria, en cualquier caso, su inscripción en el Registro Mercantil en los mismos plazos que el informe de cuentas. Cabe destacar que el hecho de no presentar el mismo, conlleva el rechazo por parte del Registro Mercantil del informe de cuentas de la empresa, con las consecuencias económicas, legales y reputacionales que esto puede suponer.

¿A quién aplica la LINF actualmente?

Empresas de más de 500 trabajadores

Tengan la consideración de entidades de interés público (definidas en el Art. 15 Real Decreto 877/2015).

O;

  • Dos de las circunstancias siguientes durante dos ejercicios consecutivos.
    • Total de las partidas de activos sea superior a 20.000.000 de euros.
    • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.
    • Número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio 250.

A partir de diciembre 2021

Empresas de más de 250 trabajadores

Transcurridos tres años de la entrada en vigor de esta Ley, será de aplicación a todas aquellas sociedades con más de 250 trabajadores que:

  • Tengan la consideración de entidades de interés público.

O;

  •  Durante dos ejercicios consecutivos reúnan, al menos una de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas de activos sea superior a 20.000.000 de euros.
    • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros

¿Qué debe contener el estado no financiero?

La Ley de información no financiera y diversidad define una serie de cuestiones de las que se debe informar, que pueden ser englobadas en seis ámbitos:

  1. Modelo de negocio de la empresa
  2. Lucha contra la corrupción y el soborno
  3. Medioambiente
  4. Cuestiones sociales y relativas al personal
  5. Derechos humanos
  6. Sociedad

Sobre cada uno de ellos se deberán detallar diferentes aspectos como las políticas aplicadas, indicadores clave, riesgos u oportunidades de mejora identificadas, además de una serie de cuestiones específicas para cada ámbito.

A título enunciativo y no limitativo, estas son algunas de ellas:

  • Brecha salarial.
  • Prevención de la corrupción.
  • Consumo de energía.
  • Empleo (tasa de rotación, políticas de conciliación).
  • Diversidad e igualdad de oportunidades.
  • Relación con las comunidades locales.

Por otra parte, para realizar el estado no financiero, es fundamental realizar un análisis de materialidad en la entidad que permita identificar y priorizar los asuntos que son considerados de alto interés y relevancia tanto para la empresa como para sus grupos de interés.

La Ley requiere la divulgación de una cantidad importante de información a las empresas, con independencia de su actividad, sector o características principales. Se hace necesario por tanto priorizar las cuestiones más relevantes para la empresa, descartando aquellas que por la tipología o actividad de la misma, no se consideren significativas, por lo que a la hora de estructurar y planificar la realización de este informe, el análisis de materialidad tiene una importancia mayúscula.

Automatiza procesos de la LINF

Te ayudamos a demostrar la transparencia necesaria en materia no financiera y de diversidad

¿Cómo recabar toda la información requerida?

Dada la enorme cantidad de información sobre la que se ha de trabajar para poder configurar y estructurar el estado no financiero, se hace muy necesaria la utilización de herramientas automatizadas, que permitan el procesamiento y trazabilidad de la información requerida.

A través de la herramienta GlobalSUITE®, es posible automatizar los procesos en dos aspectos cruciales:

  • En primer lugar, para poder recabar la información relativa al contenido del estado no financiero de una forma ágil, sencilla y organizada.
  • Por otro lado, para la realización del análisis de materialidad, GlobalSUITE®, permite la automatización de este proceso, simplificando el proceso de valoración de la materialidad por parte de la empresa y sus grupos de interés. Además, tras las valoraciones, GlobalSUITE® creará un mapa de materialidad que refleje el resultado del análisis efectuado.

Conclusiones: Obligación u oportunidad

En conclusión, el objetivo de la aplicación de la Ley es la divulgación de los progresos y evolución de la empresa en materia no financiera y de diversidad, a través de la publicación del estado no financiero. Así, seremos capaces de aportar transparencia y demostrar proactividad en los ámbitos señalados, que son sin duda un síntoma de buena salud de la entidad y algo cada vez más importante para clientes, inversores, o clientes, lo que revertirá positivamente en el presente y futuro de la empresa. Por ello, además de una obligación, hablamos de una gran oportunidad.